• Trabajar desde casa

Como muchos autónomos, es muy probable que realices tu actividad económica en tu domicilio habitual. En ese caso, ten en cuenta que hay gastos que podrás deducir en tu declaración de IRPF como gastos de la actividad, y otros que no.

La regla a seguir es la proporción de domicilio que usas para desarrollar la actividad profesional. Los gastos relacionados con la titularidad de la vivienda podrán deducirse en esa misma proporción. Entre los gastos que pueden deducirse se incluyen los siguientes:

  • Impuestos locales relacionados con la vivienda, tales como el IBI.
  • Gastos de la comunidad de vecinos.
  • Seguro que tenga el domicilio.
  • Amortización del domicilio. En concreto, para aquellos autónomos que facturan menos de 600.000 euros (y por lo tanto están en el régimen de estimación directa simplificada) tienen un coeficiente de amortización máximo del 6% anual del valor de la vivienda excluido el valor del suelo.
  • Intereses de préstamos que constituyan financiación de la adquisición de la vivienda.

Por ejemplo: supongamos que tu vivienda tiene 120 metros cuadrados, y la habitación en la que tienes el despacho mide 30 metros cuadrados. Pues se calcula la proporción que ocupa tu despacho (en este caso: 30/120= 25%), y esa proporción se la aplica a los gastos anteriormente descritos. Así, te estarás deduciendo la parte de esos gastos que estás usando para tu actividad. Tenemos que destacar que esta regla puede usarse tanto si la vivienda es entera de tu propiedad como si la compartes con tu cónyuge.

Con respecto a otro tipo de gastos, tales como luz, teléfono, agua… es más difícil que puedan deducirse, pues no están relacionados con la titularidad. Por ello, para deducirlos es necesario tener contadores por separado para la actividad y para su uso privado.

En el caso de otros bienes cuya utilización es para la actividad profesional, siendo su uso privado en horas y días inhábiles, podrán deducirse por entero.

Pero hay excepciones con respecto a vehículos (turismos, motocicletas y ciclomotores). Para conseguir que Hacienda admita su deducción hay que demostrar que el vehículo se usa exclusivamente y en el 100% para la actividad. Y demostrar eso es una difícil tarea.

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