• Hacienda limitará los cobros en efectivo a la empresa que aplique el IVA de caja

Hacienda impondrá una nueva restricción a los empresarios que se acojan al nuevo régimen de IVA: los cobros en efectivo que perciban de un solo cliente en un año natural no podrán sobrepasar un umbral que todavía está por determinar. El límite se incluirá en el reglamento que desarrollará la Ley de Emprendedores y que, por primera vez, permitirá que las pymes paguen el IVA al cobrar la factura y no, como sucede ahora, cuando se emite.

 

El Gobierno ya había anunciado que la posibilidad de aplicar el IVA de caja a partir de 2014 quedaba restringido a empresas con una facturación inferior a dos millones de euros. Sin embargo, el proyecto de la Ley de Emprendedores incluye otra limitación que no se había publicitado y que veta el nuevo régimen fiscal a contribuyentes que cobren de sus clientes cierta cantidad en efectivo que está por determinar. La medida persigue evitar que los empresarios utilicen estratagemas para retrasar al máximo el pago del IVA, con el coste financiero que ello supone para las arcas públicas.

 

Actualmente, todas las empresas aplican el criterio de devengo en el IVA. Es decir, cuando una sociedad emite una factura debe ingresar el impuesto en Hacienda con independencia del momento en que se produzca el cobro. En un contexto de alta morosidad, esta situación ha generado graves perjuicios a la tesorería de las empresas.

 

 Ahora, con el criterio de caja –régimen que entrará en vigor a partir de enero de 2014– la situación cambiará. Las empresas ya no deberán ingresar el impuesto hasta que cobren la factura emitida. Se trata de una medida que tiene todo el sentido desde el punto de vista empresarial, pero que siempre ha generado rechazo desde la Agencia Tributaria.

 

Para Hacienda, el régimen de caja supone perder cierto control sobre el segundo tributo más importante por recaudación. Precisamente por eso, la legislación y el reglamento que se aprobarán contemplan una serie de limitaciones. La decisión de impedir que los empresarios que cobran cierto volumen de su facturación en efectivo se acojan a este régimen pretende evitar abusos. Hacienda teme que los empresarios retrasen la comunicación de los cobros de facturas y su correspondiente IVA. Eso permitiría demorar el ingreso del tributo y, por lo tanto, el régimen de caja se convertiría en una fuente alternativa de financiación a costa de las arcas públicas.

 

Es cierto que la nueva ley contra el fraude fiscal aprobada el año pasado ya prohibió las operaciones en efectivo superiores a 2.500 euros. Sin embargo, ello no impide que los pagos y cobros en metálico entre dos empresarios alcancen un volumen considerable a lo largo del año si cada una de las facturas no supera el umbral de los 2.500 euros.

 

Otro factor que desincentiva el engaño es que el criterio de caja afecta a las dos partes de una compraventa. Es decir, el proveedor no deberá ingresar el IVA hasta cobrarlo, sin embargo, el cliente tampoco podrá deducirse el impuesto hasta que abone la factura. En cualquier caso, Hacienda está adoptando todas las cautelas para evitar que el ansiado régimen de caja se traduzca en fraude.

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