• Sistema Nacional de Garantía Juvenil

La reciente publicación del Real Decreto 8/2.014, entre otras, ha venido a establecer una serie de medidas de apoyo a la contratación indefinida, con personas beneficiarias del «Sistema Nacional de Garantía Juvenil».

 

Estas medidas se concretan, durante un periodo de seis meses, en una bonificación de 300 € mensuales en las contrataciones a tiempo completo. En las realizadas a tiempo parcial no inferior al 50% de la jornada completa, serán:

  • 225 €/mes, en jornada equivalentes, al menos, al 75% de la completa.
  • 150 €/mes, en la equivalente, al menos, al 50% de la jornada completa.

 

Las empresas, incluidos trabajadores autónomos, deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:

  1. Mantener al trabajador así contratado al menos seis meses desde el inicio de la relación laboral. Su incumplimiento supone el reintegro de las bonificaciones aplicadas.
  2. Incrementar, con la nueva contratación, los niveles de empleo existentes, tanto indefinido como total, manteniendo el alcanzado durante todo el periodo de disfrute de la bonificación (no se computan despidos objetivos ni disciplinarios no declarados improcedentes).

 

Estas bonificaciones se aplicarán a los contratos así celebrados entre el 5-7-2014 y el 30-6-2016 y serán compatibles con otros incentivos, sin que la cuota resultante pueda ser negativa. Por ello, también resultan exigibles los requisitos genéricos de:

  • Inscripción en la correspondiente Oficina de Empleo.
  • Estar al corriente de pago en obligaciones tributarias y sociales.
  • No haber estado vinculado a la empresa con contrato indefinido en los últimos veinticuatro meses, o en los últimos seis si el contrato era temporal.
  • No haber trabajado en otra empresa con contrato indefinido en los últimos tres meses.
  • Se excluye la contratación de familiares hasta segundo grado.

 

Los trabajadores que podrán ser contratados con esta modalidad serán los beneficiarios de las medidas y acciones del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Para ser beneficiario de este sistema, los interesados habrán de inscribirse en el Fichero creado específicamente al efecto, necesariamente vía telemática en la sede electrónica del Ministerio de Empleo, siendo preciso reunir los siguientes requisitos.

  •  Tener nacionalidad española, o ser ciudadano de la Unión Europea, de Estados del Espacio Económico Europeo o Suiza, ó también extranjeros con autorización para residir y trabajar en España.
  • Estar empadronado en territorio español.
  • Tener entre 16 y 25 años de edad (o 30 en caso de personas con discapacidad igual o superior al 33%).
  • No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la presentación de la solicitud de inscripción.
  • No haber recibido acciones educativas o formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Formular compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco del Sistema.

 

El indicado Real Decreto también establece la bonificacién al 100% en las cotizaciones a la Seguridad Social, a partir del día 1 de agosto de 2.014, de las prácticas curriculares externas realizadas por los estudiantes universitarios y de formación profesional, que tienen el carácter exclusivamente de asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.

Sin otro particular, quedando a su disposición para cualquier aclaración al respecto, aprovechamos para saludarles atentamente.

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.