• Retención en los premios de lotería

Recordamos que en los Presupuestos Generales de Estado de 2013 se incluyó una nueva medida tributaria relacionada con los premios de lotería, con la intención de aumentar la recaudación: retener el 20% en los números premiados de la Lotería de Navidad, ya que dicha lotería representa aproximadamente el 30% de las ventas del año.

 

Por las fechas en las que nos encontramos, y estando vigente dicha medida, aprovechamos para repasarlo. La retención sobre el premio obtenido será del 20%, excepto los premios inferiores o iguales a los 2.500 euros, que están exentos. Estos impuestos se retendrán directamente en el momento del cobro del décimo premiado.

 

Por lo tanto, los números de este año que sean premiados con un importe superior a 2.500 euros deberán pagar impuestos, es decir, que si te toca el Gordo de Navidad, de 400.000, 79.500 euros irán a Hacienda (400.000 – 2.500 = 397.500 x 20%).

 

Los contribuyentes del IRPF que hayan soportado la retención en el momento del abono del premio, o no (por ser su cuantía inferior a 2.500 euros), no tendrán que presentar ninguna otra autoliquidación.

 

En cuanto a las participaciones. Si no has comprado lotería pero sí algunas participaciones puede que también te afecte el recorte fiscal: si tienes una participación de un décimo y ese décimo es premiado con más de 2.500 euros, se te aplicará la retención de la que hablamos y cobrarás lo que te corresponda.

 

Lo más conveniente es que los décimos premiados se cobren a través del banco y allí mismo se aporten todos los datos de cada una de las personas con quienes se ha compartido el décimo ganador. Si no, corres el peligro de que tus datos no lleguen de manera adecuada a la Agencia tributaria, y consideren el reparto del premio como una donación, con el consiguiente aumento de impuestos.

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