- 26-02-2013
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- Nueva cuota para jóvenes emprendedores
Este fin de semana ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
En esta nueva normativa se recoge, entre otras cosas, la ya anunciada por el gobierno tarifa plana de 50€ para jóvenes emprendedores que comiencen su actividad profesional, a la cual ya se puede acceder si se cumplen los requisitos.
Para optar a dicha tarifa se deben cumplir las siguientes condiciones:
– Ser trabajador por cuenta propia de menos de 30 años de edad.
– Ser la primera vez que te das de alta como autónomo o no haberlo hecho en los cinco años anteriores a la fecha de efectos del alta.
– No tener contratados, ni contratar durante el periodo de aplicación, trabajadores por cuenta ajena.
Así, podrán aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes resultante de aplicar a la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento según la siguiente escala:
1. Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, por lo tanto, se deberán pagar 51,17€ como cuota mensual.
2. Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en la letra a). Llegando a pagar así, 127,93€ mensuales.
3. Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b), lo que hace un total de 179,10€ mensuales.
4. Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción. Como en el apartado anterior, se pagarán 179,10€ mensuales.
Hay que destacar que todo esto también será de aplicación a los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado que estén en el RETA.