• Los autónomos societarios no tienen tarifa plana

Tras la entrada en vigor de la tarifa plana para nuevos autónomos, tanto a menores de 30 años en un principio, como a los que son mayores posteriormente, muchos han sido los que han podido beneficiarse de esta ventaja fiscal y que se han atrevido a realizar sus ideas profesionales. Ahora bien, una instrucción del pasado mes de Julio indicó que no se debe aplicar dicha cuota a los autónomos societarios, aunque no tengan trabajadores a su cargo, obligando también a quienes se han beneficiado de la deducción durante los últimos meses a pagar la diferencia.

 

Hay asociaciones que denuncian que la Ley en ningún momento hace distinción entre el autónomo dado de alta en una actividad empresarial y el autónomo societario, pero ha sido la administración la que ha decidido realizar dicha separación y marcar la frontera en estos últimos autónomos societarios a través de una interpretación libre de la misma.

 

Dicha interpretación, se puede achacar el hecho de que la ley no dice nada acerca de los administradores sociales, por lo que la duda surge y la administración puede interpretar lo que quiera.

 

Qué se puede hacer en este caso

Lo que recomendamos para evitar nuevas sorpresas de la administración es que como solución legal, los autónomos se den de alta en una actividad, constituyan la empresa y, que en vez de cobrar una nómina, facturen sus servicios a su propia empresa. De esta forma, podrán seguir aprovechando las bonificaciones, de forma legal y sin sustos por parte de la Seguridad Social.

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