- 05-04-2017
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- Comienzo Campaña Renta 2016
Buenos días:
Como muchos sabréis estamos en periodo de rentas.
El principal y más habitual contacto de los contribuyentes con la Agencia Tributaria está a punto de comenzar. La campaña de la Renta 2016 se inicia hoy mediante la presentación de la declaración a través de internet y concluirá el 30 de junio, según el calendario publicado por el organismo. Aquellos que prefieran cumplir el trámite de manera presencial podrán hacerlo a partir del 11 de mayo. Pero ¿cuáles son las principales novedades de este ejercicio?
¿Quién debe presentarla?
La primera cuestión es saber si tiene la obligación de presentar la declaración. Están exentos aquellos contribuyentes con un rendimiento salarial de 22.000 euros anuales cuando proceda de un pagador. En caso de que existan dos o más pagadores no está obligado si la suma de las retribuciones procedentes de ese segundo pagador no supera los 1.500 euros al año.
Para acceder al borrador y a los datos fiscales de la declaración es necesario obtener del número de referencia a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es necesario introducir el Número de Identificación Fiscal (NIF) del contribuyente y el importe de la casilla 440 de la declaración correspondiente al ejercicio 2015.
Adiós al programa PADRE
El principal cambio de esta campaña es la eliminación definitiva del Programa de Ayuda a la Declaración de la Renta (PADRE). En su lugar todas las declaraciones online se presentarán a través de la herramienta ‘Renta Web’ que ya fue introducida parcialmente el pasado ejercicio.
Este instrumento fusiona el popular borrador y el programa PADRE para sumar ventajas de ambos sistemas. Una de ellas es que no será necesario descargarse ninguna aplicación, sino que se accede directamente a través de la página web de la Agencia Tributaria. Además, puede utilizarse en todo tipo de dispositivos (tabletas, móviles, ordenadores) y ofrece más flexibilidad al contribuyente al permitir interrumpir la declaración una vez iniciada y reanudar posteriormente desde el punto en el que se dejó.
‘Renta Web’ ya fue utilizado el pasado ejercicio por primera vez por gran parte de los contribuyentes. Sólo estaban excluidos aquellos con actividades económicas (autónomos y profesionales), que tuvieron que utilizar todavía el programa PADRE. Sin embargo, en 2017 estos colectivos también estarán incluidos en la nueva herramienta.
Errores
Si después de confirmar el borrador el contribuyente se da cuenta de que ha cometido algún error al dejarse alguna renta o gasto sin introducir tiene dos opciones. Si el fallo perjudica al contribuyente puede solicitar desde la misma página web de la Agencia Tributaria la rectificación de autoliquidación. Sin embargo, si el perjuicio es para el fisco, entonces será necesario realizar una declaración complementaria.
Informaros que estamos a vuestra disposición para cualquier duda o trámite que preciséis realizar ante el fisco.
Estaremos encantados de ayudaros. Un saludo.