• Contrato para la formación y el aprendizaje y la formación profesional dual

Recientemente se ha aprobado un nuevo contrato para la formación y el aprendizaje y las bases para la implantación de la formación dual. Se busca que la formación profesional se complemente con la formación en el centro educativo y la formación en la propia empresa.

El contrato para la formación y el aprendizaje se prevé que servirá para reducir el número de jóvenes desempleados, actualmente situado en cifras muy altas, especialmente en aquellos jóvenes que carecen de formación suficiente.

Este contrato se podrá realizar a jóvenes mayores de 16 años y menores de 25 que carezcan de cualificación profesional. Además, hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15% el límite de 25 años aumenta hasta los 30.

El contrato tendrá una duración mínima de 1 año, y máxima de 3. Aunque por convenio se podrá ampliar el mínimo o reducir el máximo. El tiempo de trabajo no podrá ser de más del 75% de la jornada el primer año y el 85% los otros dos. Además, no se podrán realizar horas extraordinarias. Así, se amplía el tiempo mínimo de formación del 15% al 25% durante el primer año.

En la formación profesional dual inherente al contrato para la formación y el aprendizaje la actividad formativa se realiza al mismo tiempo que la actividad laboral. La retribución será la fijada en convenio, si bien en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional en proporción al tiempo de trabajo realizado.

En cuanto a las bonificaciones, las empresas y los trabajadores podrán beneficiarse de reducciones en las cuotas a la Seguridad Social, tanto durante la vigencia del contrato, como por su transformación en indefinido.

En este sentido, el contrato para la formación y el aprendizaje prevé la posibilidad de reducciones de las cuotas empresariales a la Seguridad Social del 100% si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas o del 75% en el resto. Además, se reducirá el 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante el tiempo que dure el contrato.

Si finalizado el contrato, éste se transformarse en indefinido, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 €/año, durante 3 años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 €/año.

En cuanto a la Formación Profesional Dual, el Real Decreto establece un marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas, cuando no medie un contrato para la formación y aprendizaje.

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