• Las principales novedades de la declaración de la renta 2012

Cambia el régimen fiscal de las plusvalías por la venta de acciones, fondos de inversión, derivados e inmuebles.

El 1 de abril, Hacienda dará el pistoletazo de salida de la Campaña de Renta 2012, un ejercicio que estará plagado de novedades debido a las medidas urgentes que adoptó el Gobierno de Mariano Rajoy al comienzo de su mandato para hacer frente al déficit público.

En 2012, no solo el Gobierno de Mariano Rajoy subió la retención del IRPF de los trabajadores para ese año y al siguiente, sino que introdujo modificaciones en el régimen fiscal de las plusvalías por la venta de acciones, fondos de inversión, derivados e inmuebles.

Si el inversor obtiene las plusvalías en menos de un año o igual a un año desde su compra deberá tributar en la base general al tipo marginal del contribuyente, que varía desde el 24,75% al 56%, según la Comunidad Autónoma. Aunque la mejor opción era materializarlas pasado ese periodo, ya que para rendimientos de entre 6.000 y 18.000 euros tributarían al 21%, entre 18.000 a 24.000 euros al 25%, y más de 24.000 euros en adelante al 27%.

Si en lugar de tener ganancias, la inversión arrojó pérdidas, el inversor que deshizo posiciones en menos de un año tiene tres opciones: compensar las ganancias generadas en el mismo periodo; con el saldo positivo del resto de rentas, el 10% del límite, y cuatro ejercicios para compensar lo que queda pendiente. Para periodos de un año, se compensan en la base del ahorro con ganancias generadas en más de un año.

Los dividendos se integrarán dentro de la base imponible del ahorro en los periodos impositivos de 2013 y 2013 y habrá una exención de gravamen hasta 1.500 euros anuales por el conjunto de dividendos percibidos en el ejercicio.

En 2012 se mantiene la deducción del 15% con un máximo de 9.040 euros por inversión en vivienda habitual. En cuanto a la cuenta vivienda, si tiene un plazo inferior a cuatro años, el contribuyente deberá proceder a la inversión en un plazo de cuatro años desde la primera aportación o devolver las deducciones practicadas sin intereses de demora. A partir de 2013 ambas deducciones se suprimen.

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