• Consecuencias de presentar sus impuestos a última hora

Una mal arraigada costumbre existente entre los autónomos y pymes de nuestro país es la de presentar los impuestos a última hora. A pesar de que las autoliquidaciones trimestrales se refieren a los tres meses inmediatamente anteriores al del plazo de presentación, parece que el tiempo de recopilar facturas nunca es suficiente, y que hay que agotar hasta el último momento para proceder al doloroso trámite.

 

Sin embargo, la presentación en el último momento conlleva sus riesgos y dificultades, que a menudo el autónomo desconoce. Una vez depositado el preciado botín de facturas en manos del desesperado administrativo o profesional que ha de contabilizar y gestionar el impuesto, el autónomo se siente a salvo porque ha cumplido su parte.

 

La problemática de la prisa, aparte del riesgo evidente de ocasionar más errores de registro, supone muchas veces el tener que afrontar dificultades para conseguir un envío correcto del impuesto a la Agencia Tributaria, especialmente si el sujeto pasivo es una entidad.

Es sabido que las sociedades y personas jurídicas deben transmitir sus impuestos obligatoriamente por medios telemáticos. Esto implica que, en el caso de resultado a ingresar sin aplazamiento, o bien ser opta por el pago domiciliado (con lo cual el impuesto debe presentarse el día 15 como máximo) o bien se liquida mediante adeudo en cuenta, en cuyo caso hay que solicitar en la entidad bancaria el Número de Referencia Completo (NRC) asociado al cargo y adjuntarlo al modelo, puesto que sin él no es posible la presentación.

 

El trámite de solicitud de NRC puede ser más o menos complejo dependiendo de la entidad bancaria que tenga que gestionarlo. Hay bancos que exigen el envío de un formulario firmado por el representante de la empresa y otros que proceden al cargo con la simple remisión de un correo electrónico con los detalles del modelo. Este último proceder es el que causa mayores problemas. Una vez enviado el correo con los datos para el cargo, la entidad debe remitir de vuelta el NRC para anotarlo en el impuesto.

 

¿Y qué ocurre si transcurre el día y no recibimos el NRC?. Pues que no podemos presentar el impuesto. Si se efectúa el pago en plazo, pero no se remite el modelo a la Agencia Tributaria, la presentación irá fuera de plazo. Y todo esto sin contar con el hecho de que la página de la AEAT suele saturarse el último día, ofreciendo una operatividad menor que la esperable.

Por eso es recomendable no dejar todo para la última hora, ya que la consecuencia de nuestra falta de diligencia será siempre la misma: una sanción.

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