• Novedades Laborales 2014 parte 1

El nuevo año 2014 trae varios cambios que afectan muy directamente a los autónomos.

Entre la Ley de presupuestos generales del estado y el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, se han producido las siguientes novedades que han entrado en vigor el 1 de enero del presente año 2014.

 

Cotizaciones y cuota mensual de autónomos

La Base Máxima de cotización ha subido hasta un 5%, situándose en 3597,00 €.

La Base Mínima de cotización ha subido hasta un 2%, situándose en 875.70 €, por lo que la cuota mínima, que es la que paga más del 80% de los autónomos, pasa de 256,72 a un total de 261,83 €.

Autónomos societarios

Aquellos autónomos societarios que dispongan de más de 10 trabajadores a su cargo, equipararán sus bases mínimas de cotización con la prevista para los trabajadores encuadrados en el grupo 1 del Régimen General, que ascienden a 1.051,50 € frente a los 875,70 euros del resto de autónomos en 2014. Esto significa que aquellos trabajadores que pretendan montar su propia empresa como autónomo societario y los autónomos con más de una decena de empleados pasarán a pagar, como mínimo, una cuota mensual de 313,34 € al mes, a diferencia de los 261,83 € del resto de autónomos. Al menos quedarán exentos de esta subida los nuevos autónomos que causen alta inicial en el RETA durante los doce primeros meses de su actividad.

Nuevos conceptos en la base de cotización

También se han incluído nuevos conceptos en la base de cotización que antes estaban exentos, tales como el plus de transporte, así como determinadas dietas o cheques restaurante. Únicamente no habrá que cotizar por las asignaciones para gastos de desplazamientos del trabajador desde el centro de trabajo habitual hasta otro lugar de trabajo en transporte público siempre que se justifiquen mediante factura o equivalente, así como aquellas asignaciones para gastos de locomoción, estancia o manutención (dietas) siempre que se desplace fuera del centro habitual de trabajo y que sea también en municipio distinto de su lugar de residencia.

 

Encarecimiento del coste del despido objetivo

El gobierno ha decidido encarecer el coste del despido objetivo para las pequeñas empresas. Así, para aquellas que tengan menos de 25 trabajadores, el FOGASA no tendrá que asumir la indemnización de 8 días en dichos despidos, por lo que las empresas tendrán que hacerlo y costear el total del despido, que actualmente, es de 20 días de indemnización por año trabajado.

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